Eficiencia energética
24 enero, 2013División de vidrio en Barcelona
28 enero, 2013Según el PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO BÁSICO PARA LA CERTIFICACIÓN DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS se medirán los siguientes aspectos a la hora de evaluar la categoría energética de un edificio o vivienda: a) Diseño, emplazamiento y orientación del edificio. b) Condiciones ambientales interiores y condiciones climáticas exteriores. c) Características térmicas de los cerramientos. d) Sistemas solares pasivos y protección solar. e) Instalaciones térmicas de los edificios individuales y colectivas (calefacción, refrigeración y producción de agua caliente) y sistemas de calefacción y refrigeración urbana; incluyendo las características de aislamiento de tuberías y conductos. f) Ventilación natural y mecánica. g) Instalación de iluminación interior artificial. h) Iluminación natural. i) Sistemas solares activos u otros sistemas de calefacción o producción de electricidad basados en fuentes de energía renovables. j) Electricidad producida por cogeneración. Para más información visite la página del Ministerio de Industria, Energía y Turismo